Aplicaciones de la Energia Solar en la Industria. RD Autoconsumo Energia Electrica

El autoconsumo, abre un camino de posibles aplicaciones de la energia solar en la industria. Aunque no se puede realizar una aplicación industrial en exclusiva para obtener el 100% de la energía necesaria que necesita una planta por esta vía, sí se podría estudiar su uso para aquellos procesos en los que se requieren fluidos calientes (aire, agua o vapor), con temperaturas bajas de hasta 200 ºC.

Aplicaciones de la Energia Solar en la Industria. RD Autoconsumo Energia Electrica

La aprobación del RD 244/2019, de 5 de abril, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo de energía eléctrica en España, se abren nuevas oportunidades para las energías renovables, con aplicaciones de la Energia Solar en la Industria.

Esto sucede, tras la aprobación por la UE de la prohibición del impuesto al sol que ya supuso una nueva noticia y gran avance para la transición energética.

EL REAL DECRETO 244/2019 DE AUTOCONSUMO DE ENERGIA ELECTRICA

Tipos de autoconsumidores

Autoconsumo individual

Si el autoconsumo es a través de red, necesariamente tendrá la consideración de “autoconsumo con excedentes” en cualquiera de sus modalidades.

Autoconsumo colectivo

Todos los autoconsumidores asociados a la misma instalación de generación deberán pertenecer a la misma modalidad de autoconsumo. Además, cuando se trate de un autoconsumo colectivo con venta de excedentes, el titular de la instalación tendrá la consideración de consumidor en lo que respecta a sus consumos auxiliares.

En cualquiera de los dos casos, el consumidor podrá acogerse a cualquier modalidad de autoconsumo (con o sin vertido) y si el autoconsumo es a través de red, necesariamente tendrá la consideración de “autoconsumo con excedentes” en cualquiera de sus modalidades.

Y, en ambos casos, el consumidor/es y el propietario de la instalación podrán ser personas físicas o jurídicas diferentes. En autoconsumo sin excedentes el/los titular/es del punto de suministro y de la instalación serán el mismo/los mismos.

Modalidades de autoconsumo

a.) Autoconsumo sin excedentes: es necesario un mecanismo anti vertido que impida la inyección a red. Este tipo de autoconsumidores tendrá la consideración de “sujeto consumidor”.

b.) Autoconsumo con excedentes: las que inyectan energía a la red de transporte y distribución. Bajo esta modalidad existirán dos figuras: “sujeto consumidor” y “sujeto productor”. Asimismo, la modalidad de autoconsumo con excedente se subdivide en dos categorías:

Excedentes con acogida a compensación: cuando se cumplan todas las condiciones siguientes: tecnología renovable, P≤100kW, si resultase necesario solo se hubiera suscrito un único contrato de suministro para consumo y servicios auxiliares, el autoconsumidor haya suscrito un contrato de compensación de excedentes y aquellas instalaciones no sujetas a Régimen Retributivo Específico.

Excedentes sin acogida a compensación: cualquiera que no cumpla todos los requisitos del anterior o que o quieran acogerse a esa modalidad.

La modalidad de autoconsumo podrá modificarse anualmente.

Procedimiento de conexión y acceso

Estarían exentas de obtener permisos de acceso y conexión aquellas instalaciones de autoconsumo sin excedente y/o con excedente de P≤15 kW en suelo urbanizado.

Estarían obligadas a solicitar permisos de acceso y conexión las instalaciones de autoconsumo con excedentes de P>15kW.

Contratos de acceso y contratos con la comercializadora

a.) Para los autoconsumidores de potencia inferior a 100 kW, que estén conectados a la red de baja tensión y la instalación esté en baja tensión, el contrato de acceso será realizado de oficio por la distribuidora, que, además, será la encargada de informar a la comercializadora. El procedimiento será el siguiente:

  1. La CC.AA informará en 10 días a la distribuidora desde la recepción de la documentación que acredita la puesta en marcha de la instalación
  2. Desde esta documentación, la distribuidora dispondrá de 5 días para remitir la modificación del contrato a comercializadora y autoconsumidor. Asimismo informará de todas las características del autoconsumo (modalidad, reparto,etc.)
  3. Desde la recepción de esta modificación, el consumidor dispondrá de 10 días para notificar a la distribuidora cualquier discrepancia.

b.) El resto de autoconsumidores, o puntos nuevos de suministro, deberán realizar una comunicación la distribuidora o a través de la comercializadora para que esta modifique de oficio el contrato existente. Esta dispondrá de un plazo de 10 días para modificar el contrato. En caso de discrepancia, el consumidor asociado, dispondrá de 10 días desde la recepción de la misma por parte de la distribuidora para notificar su disconformidad.

Régimen económico

Los autoconsumidores pagarán los peajes de acceso que les corresponda y para ellos se estipulan dos regímenes económicos:

a.) Venta de energía excedente en el mercado

A esta modalidad se pueden acoger todas las modalidades de autoconsumo, siendo obligatoria en el caso de los autoconsumidores no acogidos a compensación de excedentes. La energía vendida deberá satisfacer el peaje a la generación (0,5€/MWh) y su valoración económica estará sujeta al impuesto del 7%.

b.) Mecanismo de compensación simplificada: mediante valoración de la energía horaria excedentaria

La energía horaria consumida de la red será valorada al precio pactado entre las partes (en el caso de PVPC se valorará al coste horario de la energía para el PVPC). El mecanismo de compensación se establece mensualmente. Y en ningún caso, el valor de la energía horaria excedentaria podrá ser superior al de la consumida. Es decir, el límite de la compensación será el valor de la energía horaria consumida (pool + otros costes no regulados)

¿Cómo se calcula?

La energía horaria consumida se calcula como la diferencia entre el consumo real del consumidor menos el autoconsumo instantáneo. Esta cantidad, con carácter general, se extrae de la lectura del contador bidireccional. En términos generales, el control de potencia se realizará utilizando el equipo de medida ubicado en el punto frontera.

La energía excedentaria únicamente compensa la parte correspondiente al coste de la energía que forma parte del término de energía (pool más otros costes no regulados). Es decir, no compensa el peaje de acceso.

Puedes consultar la normativa completa en el BOE del RD 244/2019 de Autoconsumo de Energia Electrica.

APLICACIONES DE LA ENERGIA SOLAR EN LA INDUSTRIA

Desde Grupo Cofrico queremos reivindicar la importancia del Sol como fuente de energía; una energía limpia e inagotable, económica y ecológica.

España es uno de los países de Europa donde se recibe más luz solar a lo largo del año. La UE llegaba a un nuevo acuerdo acerca de las energías renovables para subir el objetivo en vistas a 2030 de pasar de un 17% de energía producida por renovables a un 32%, pudiendo subirse hasta el 40 ó 45%, para llegar al cumplimiento de las bases establecidas en el Acuerdo de París de 2015.

El autoconsumo, abre un camino de posibles aplicaciones de la energia solar en la industria. Aunque no se puede realizar una aplicación industrial en exclusiva para obtener el 100% de la energía necesaria que necesita una planta por esta vía, y es difícil de precisar de forma genérica qué porcentaje de energía podría aportar, sí se podría estudiar su uso para aquellos procesos en los que se requieren fluidos calientes (aire, agua o vapor), con temperaturas bajas de hasta 200ºC, ya que el aprovechamiento de la radicación solar es más eficiente.

Hasta 100ºC, se utilizan colectores solares térmicos, instalados en cualquier parte, incluyendo los tejados de las naves industriales, para proporcionar la energía requerida, ya que estos pierden menos calor en la atmósfera consiguiendo un mejor aprovechamiento de la energía solar que recibe. En general, puede ser de fácil instalación.

Ejemplos de procesos industriales para las aplicaciones de la energia solar en la industria

Entre los proceso de uso industrial que llegan hasta los 150ºC, podemos encontrar:

  • la generación de vapor
  • el lavado: lavado industrial de almacenes; lavanderías de ropa (entre 40º y 60ºC), lavado de coches (60ºC).
  • el secado,
  • la esterilización y limpieza: botellas, piezas…
  • la pasteurización, cocción y procesado de alimentos: calentar leche en la elaboración de quesos y productos lácteos (cuajado de leche entre 28ºC y 37ºC); deshidratadores de vegetales (frutas, verduras, ,granos, flores).
  • generación de vapor de baja presión para usos diversos.
  • calentamiento de agua sanitaria en: hoteles, balnearios, spas…
  • sistemas de calefacción para: invernaderos, cámaras de crianza de animales, acuicultura…
  • etc…

Todos estos procesos son ejemplos de posibles aplicaciones de la energia solar en la Industria.

La producción de frío mediante máquinas de absorción y otros equipos térmicos es otro gran campo de aplicaciones.

Ventajas de las aplicaciones de la energia solar en la industria

  1. Ahorro energético. Reducción en consumos y de la factura eléctrica y en costes fijos del término de potencia. Amortización en un período de tiempo corto de la inversión de compra del equipo solar.
  2. Menores costes de producción y posibilidad de precios más competitivos de tus productos.
  3. Reducción de las emisiones de gases contaminantes, como CO2, el dióxido de azufre y otros, frenando el cambio climático; sustituyendo los combustibles fósiles, carbón, derivados del petróleo o energía termonuclear, por energía limpia.
  4. Apuesta por la Responsabilidad Social Corporativa, añadiendo valor diferencial a tu empresa.

METODOS PARA COMPLETAR LA ENERGIA NECESARIA EN LOS PROCESOS INDUSTRIALES.

Cómo obtener frio industrial «ecológico».

Para obtener frío, se requieren instalaciones de frio industrial, mediante distintos gases. El funcionamiento óptimo de estos procesos, dependerá del diseño de la instalación de frio planteada.

Los HFC (Hidrofluorocarburos) son un tipo de gases de efecto invernadero con un alto impacto ambiental, y que la normativa europea está regulando de cara a su eliminación gradual. La normativa FGAS regula en Europa la eliminación de gases de efecto invernadero. Desde 2020 habrá limitaciones y para el año 2030 marca un 21% de reducción en el uso de gases de HFC. El PCA es un índice que mide el potencial de una sustancia sobre el efecto invernadero respecto al del dióxido de carbono (CO2), calculado en términos de potencial de calentamiento a lo largo de 100 años de 1 kg de gas de efecto invernadero respecto al de 1 kg de CO2. Así, por ejemplo, 1,27 kg. del gas R404A equivale a 5.000 toneladas de CO2.

Las instalaciones de CO2, utilizando CO2 como refrigerante, es la solución idónea, tanto económica como medioambientalmente hablando. Paradójicamente, se utiliza CO2 refrigerante para reducir las emisiones de CO2 a la atmósfera, debido al mínimo PCA(Potencial de Calentamiento Atmosférico) de este gas (=1), respecto a los gases HFC’s, que lo convierte en el que menor impacto tiene sobre la huella de carbono.

El CO2 tiene múltiples ventajas. Además, la normativa europea FGAS, exige abandonar los gases tradicionales, en pro de gases con bajo o nulo PCA; es decir, de mínimo impacto en el medio ambiente, tales como el CO2 ya mencionado o NH3.

Invertir en refrigeración con CO2, es invertir en eficiencia energética y en cuidado del medio ambiente.

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